1 .- En una vía de doble sentido de circulación y arcenes, la Autoridad encargada de la regulación del tráfico ha habilitado un carril adicional de circulación en uno de los sentidos. Si Ud. circula por él deberá...
A) Llevar encendidas, de día, únicamente las luces de posición para señalizar la situación del vehículo.
B) Llevar encendidas las luces de cruce, al menos, tanto de día como entre el ocaso y la salida del sol.
C) Circular, como máximo, a 60 Kilómetros por hora.