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Novedades de la normativa del permiso A2 y A1

Qué decía la norma antes y qué dice ahora, con la fecha desde la que se aplica.

Exámenes de novedades

Comprueba que te sabes los cambios de la normativa con preguntas como las del examen.

Pro

  • Cambios para todos

    33 preguntas con imagen sobre 18 cambios

  • Cambios propios del permiso A2 y A1

    31 preguntas con imagen sobre 8 cambios

Incluido en DentroTest Pro del permiso.

Cambios para todos

  1. NEW

    Adelantar a ciclistas, peatones y VMP: 1,5 m en cualquier vía y 20 km/h menos

    Ahora. 1,5 m o cambio completo de carril en cualquier vía y, fuera de poblado, al menos 20 km/h por debajo del límite.

    Antes. El Reglamento pedía 1,5 m solo fuera de poblado y en poblado un margen «proporcional». Con ciclos y ciclomotores, la Ley ya exigía 1,5 m en cualquier vía (y cambio completo de carril desde el 21-3-2022).

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    Al adelantar a peatones, animales, vehículos de tracción animal, ciclomotores, VMP y ciclistas:

    • Dejas 1,5 m o cambias por completo de carril, en cualquier vía.
    • Fuera de poblado, vas al menos 20 km/h por debajo del límite de la vía antes y durante el adelantamiento.
    • Un grupo de ciclistas cuenta como una sola unidad.

    La motocicleta adelantada ya no está en la lista: con ella basta una separación suficiente.

    Norma: RD 518/2026

    Sin adelantar en pasos de peatones, cruces con vía ciclista y pasos a nivel

    Ahora. Está prohibido adelantar en pasos para peatones, intersecciones con vías ciclistas y pasos a nivel, sin excepciones.

    Antes. Se podía adelantar a un vehículo de dos ruedas en un paso a nivel y a cualquiera en un paso de peatones a velocidad muy reducida.

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    Las excepciones que permitían adelantar en estos lugares desaparecen. En un paso para peatones, en una intersección con una vía ciclista o en un paso a nivel no se adelanta a nadie.

    Norma: RD 518/2026

    Rebasar un vehículo inmovilizado: 1,5 m y 20 km/h menos

    Ahora. Dejas 1,5 m en cualquier vía y vas 20 km/h por debajo del límite.

    Antes. Fuera de poblado había que dejar 1,5 m al adelantar a un vehículo inmovilizado o de auxilio (desde 2021), sin reducción de velocidad fijada; en un tramo con adelantamiento prohibido se le podía rebasar ocupando el sentido contrario tras comprobar que no había peligro.

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    Al rebasar un vehículo inmovilizado por avería, accidente, auxilio, obras o agentes:

    • Dejas 1,5 m, aunque tengas que invadir el sentido contrario.
    • Vas 20 km/h por debajo del límite de la vía.

    Norma: RD 518/2026

    Carril de emergencia en las retenciones

    Ahora. En autopista y autovía, con retención a paso de peatón o parada, se abre un carril de emergencia.

    Antes. El Reglamento no regulaba el carril de emergencia.

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    Cuando el tráfico de una autopista o autovía avanza a paso de peatón o está detenido:

    • Con dos carriles, el hueco se deja en el centro.
    • Con tres o más, entre el carril de la izquierda y el contiguo.

    Norma: RD 518/2026

    Nieve en autopista y autovía: sin adelantar y por la derecha

    Ahora. Con nieve está prohibido adelantar y se circula por el carril de la derecha.

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    Con nieve en autopista o autovía:

    • Prohibido adelantar.
    • Se va por el carril de la derecha; con tres o más carriles, también por su contiguo.
    • Los carriles de la izquierda quedan libres.

    Norma: RD 518/2026

    En ciudad, 5 m detrás de la bici

    Ahora. En zona urbana, los vehículos a motor dejan 5 m con el ciclista que va delante en el mismo carril.

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    En zona urbana, si sigues a un ciclista por el mismo carril, dejas al menos 5 m. La bicicleta circula preferentemente por el centro del carril (art. 153.4 del Reglamento General de Circulación).

    Norma: RD 518/2026

    Prioridad de ciclistas y peatones; plataforma única

    Ahora. El ciclista tiene prioridad frente a cualquier vehículo y entran las definiciones de plataforma única y usuarios vulnerables.

    Antes. El ciclista tenía prioridad solo frente a los vehículos de motor en esos supuestos.

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    • El ciclista tiene prioridad frente a cualquier vehículo, no solo los de motor, en los supuestos del artículo 64.2.
    • El peatón tiene prioridad en pasos, aceras y zonas peatonales, y al subir o bajar del autobús en la parada.
    • Plataforma única: el peatón tiene prioridad en toda la calzada.
    • Se define a los usuarios vulnerables.

    Norma: RD 518/2026

    Peatones: arcén izquierdo y elemento luminoso de noche

    Ahora. Sin zona peatonal, el peatón va por el arcén izquierdo y, de noche en vía interurbana, con un elemento luminoso o reflectante.

    Antes. Existía la regla de la «acera de la derecha» y excepciones para circular por el arcén con un objeto voluminoso, un carrito o una silla de ruedas. Fuera de poblado ya se iba por la izquierda; en poblado se podía ir por la derecha o por la izquierda.

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    • Desaparecen la regla de la «acera de la derecha» y las excepciones del objeto voluminoso, el carrito y la silla de ruedas por el arcén.
    • Sin zona peatonal, se va por el arcén izquierdo.
    • De noche en vía interurbana, con un elemento luminoso o reflectante visible a 150 m.
    • Los patines los regula el ayuntamiento.

    Norma: RD 518/2026

    Bicicleta: casco sin excepciones en interurbana y pasajeros de hasta 22 kg

    Ahora. Casco obligatorio en interurbana sin excepciones y pasajeros menores de hasta 22 kg.

    Antes. El casco tenía excepciones (rampas, calor y razones médicas) y la bici podía llevar pasajeros de «hasta 7 años».

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    Casco de la bicicleta:

    • Obligatorio en vía interurbana, sin excepciones.
    • En cualquier vía para los menores de 16 años.
    • En ciudad, para quienes trabajan circulando en bicicleta (por ejemplo, repartidores).

    Pasajero: la bici puede llevar menores de hasta 22 kg que puedan ir sentados solos, en un asiento adicional homologado.

    Norma: RD 518/2026

  2. Restricciones por motivos medioambientales

    Ahora. Una vía puede restringirse también por motivos medioambientales. No respetar una zona de bajas emisiones o un protocolo de contaminación es grave: 200 €, sin pérdida de puntos.

    Antes. La Ley de Tráfico ya permitía restringir la circulación por motivos medioambientales (art. 18), y desde 2022 no respetar una ZBE es grave; el Reglamento no lo recogía.

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    • Las autoridades pueden restringir la circulación por motivos medioambientales, además de por seguridad o fluidez: zonas de bajas emisiones (ZBE), zonas de prioridad residencial u otras vías (arts. 37.1 y 157 del Reglamento General de Circulación).
    • No respetar las restricciones de una ZBE o de un protocolo ante episodios de contaminación es infracción grave (art. 76.z3 de la Ley de Tráfico): 200 €, sin pérdida de puntos.

    El art. 37.6 del Reglamento califica de muy grave circular sin autorización por una vía restringida, también por motivos medioambientales, pero remite a una letra de la Ley (77.l) que trata de la autorización del vehículo. Manda la Ley.

    Norma: RD 450/2026

  3. Patinetes eléctricos (VMP): registro, seguro y nuevas reglas

    Ahora. Necesita certificado, inscripción, etiqueta y seguro, y desde el 1-10-2026 hay edad mínima, casco y vías prohibidas.

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    Para circular, el VMP (patinete eléctrico) necesita:

    • Seguro obligatorio, desde el 2-1-2026.
    • Certificado, inscripción en la DGT y etiqueta, desde el 30-1-2026.

    Desde el 1-10-2026, además:

    • 15 años como mínimo para conducirlo.
    • Casco obligatorio.
    • Alumbrado encendido (de día, desde el 1-10-2027).
    • Se puede circular por las vías ciclistas y los carriles bici de autopistas, autovías, travesías, vías interurbanas y túneles urbanos. Fuera de ellas, el VMP sigue prohibido en esas vías, como desde 2021.

    Norma: RD 52/2026; Ley 5/2025; RD 518/2026

  4. Policía detrás de ti: luz roja hacia delante

    Ahora. La luz intermitente hacia delante es roja.

    Antes. El vehículo policial que venía detrás te pedía que pararas con una luz intermitente roja o amarilla hacia delante.

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    Cuando un vehículo policial se sitúa detrás de ti y enciende la luz intermitente roja hacia delante, te ordena detenerte:

    • Te paras a la derecha, delante del coche policial.
    • Te quedas dentro del vehículo hasta que te digan otra cosa.

    Norma: RD 465/2025

    Orden de preferencia de las señalesAclaración

    Ahora. El segundo escalón es la señalización circunstancial, que incluye el balizamiento circunstancial y los dispositivos delimitadores.

    Antes. El segundo escalón del orden de preferencia hablaba de «señales de balizamiento fijo».

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    El orden de los cinco tipos de señales es el mismo que en 2003:

    1. Agentes.
    2. Señalización circunstancial (incluye el balizamiento circunstancial y los dispositivos delimitadores).
    3. Semáforos.
    4. Señales verticales.
    5. Marcas viales.

    Entre señales del mismo tipo, manda la más restrictiva. La regla de fondo no cambia, pero sí su redacción: una pregunta antigua que hable de «balizamiento fijo» puede quedar mal.

    Norma: RD 465/2025

    Señales de obras en amarillo y circunstanciales en naranja

    Ahora. En obras, la lista se amplía a todas las señales de peligro, R-1, R-100 a R-120 (salvo R-101) y R-504, y la señalización circunstancial por otras causas es naranja.

    Antes. En obras ya tenían fondo amarillo la P-18 y una lista de señales (entre ellas R-300 a R-306, R-500 a R-503, las de carril y las de orientación), y las marcas viales eran amarillas.

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    Catálogo de señales de 2025 (apartados 2.5 y 2.6):

    • En obras, fondo amarillo en las señales de peligro, R-1, R-5, R-100 a R-120 (salvo R-101), R-200 a R-205, R-300 a R-306 y R-500 a R-504.
    • Las señales de carril en obras también son amarillas, con símbolos negros.
    • La señalización circunstancial por otras causas (no obras) es naranja.
    • Las señales que no rigen se tapan con un adhesivo negro.

    Norma: RD 465/2025

    S-28: zona de estancia y juego a 10 km/h

    Ahora. La S-28 es «zona de estancia y juego», a 10 km/h.

    Antes. La S-28 era «calle residencial», a 20 km/h.

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    En la zona señalizada con la S-28:

    • La velocidad máxima es 10 km/h.
    • El peatón tiene prioridad.
    • Solo se estaciona donde esté señalizado.

    Norma: RD 465/2025

    R-305: solo prohíbe adelantar invadiendo el sentido contrario

    Ahora. La R-305 prohíbe adelantar a vehículos a motor cuando la maniobra obliga a invadir el sentido contrario; sin invadirlo, la señal no lo prohíbe, sea cual sea el vehículo.

    Antes. La R-305 prohibía adelantar a cualquier vehículo a motor, aunque no se invadiera el sentido contrario; solo se podía adelantar a motos de dos ruedas sin invadirlo.

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    La R-305 (adelantamiento prohibido) ya no prohíbe adelantar sin invadir el sentido contrario, y por eso desaparece la excepción de las motocicletas de dos ruedas. Si para adelantar tienes que invadir el sentido contrario, no puedes adelantar a ningún vehículo a motor.

    La R-306 (camiones de más de 3.500 kg) sí prohíbe adelantar a cualquier vehículo a motor, motos incluidas, aunque no se invada el sentido contrario.

    Norma: RD 465/2025

    Marcas viales nuevas

    Ahora. Entran marcas nuevas para motos y bicis delante de los semáforos, los dientes de dragón y el lomo de asno.

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    Catálogo de señales de 2025 (apartado 5.2, marcas viales):

    • Avanza-motos y avanza-bici: dos líneas separadas 4 m antes de un semáforo; con el semáforo en rojo, solo pueden ocupar ese espacio los vehículos dibujados.
    • Dientes de dragón (M-8.1).
    • Lomo de asno (M-4.5).

    Las marcas amarillas del bordillo (continua, discontinua y en zigzag) y la cuadrícula del cruce no son nuevas: ya existían.

    Norma: RD 465/2025

    Otras señales que cambian

    Ahora. La R-412 admite neumáticos de nieve, hay un panel nuevo para adelantar a ciclos y desaparecen algunas señales.

    Antes. La R-412 solo hablaba de cadenas, la S-940 tenía una fila de 100 km/h y existían la S-30 y las R-308a/b.

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    • R-412: cadenas o neumáticos de nieve.
    • S-940: sin la fila de 100 km/h.
    • S-891: panel nuevo de 1,5 m al adelantar a un ciclo.
    • Desaparecen la S-30 (zona a 30) y las R-308a/b.

    Norma: RD 465/2025

Cambios propios del permiso A2 y A1

  1. NEW

    Moto: casco homologado R22

    Ahora. El casco tiene que estar homologado conforme al Reglamento UNECE R22 y bien abrochado, en todo tipo de vías. El casco solo certificado ya no vale.

    Antes. El casco tenía que ser homologado o certificado según la legislación vigente.

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    Conductor y pasajero de motocicletas, motocicletas con sidecar, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos y quads llevan un casco homologado R22, adecuadamente abrochado, en todo tipo de vías (art. 118.1.a del RGC).

    En el ciclomotor, el casco certificado vale hasta el 30-9-2027 (disposición transitoria primera del RD 518/2026; ver «Próximamente»).

    Norma: RD 518/2026

    Casco sin exención médica

    Ahora. Desaparece la exención: el casco es obligatorio para todos, aunque se tenga un certificado médico.

    Antes. Con un certificado de exención por razones médicas graves, firmado por un facultativo y con su período de validez, se podía circular en moto o ciclomotor sin casco.

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    El RD 518/2026 suprime el apartado 3 del art. 119 del RGC, que eximía del casco a quien tuviera un certificado médico. El certificado médico sigue valiendo para el cinturón de seguridad (art. 119.1.b), no para el casco.

    Norma: RD 518/2026

    Motos por el arcén en retenciones

    Ahora. En tramos señalizados (señal vertical y marcas viales), las motos pueden usar el arcén derecho cuando el tráfico de los carriles está detenido por congestión: como mucho a 30 km/h y en columna de a uno.

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    El uso extraordinario del arcén por motocicletas (art. 36.3 del RGC) solo vale:

    • en los tramos acordados por el titular de la vía y Tráfico, señalizados con señal vertical y marcas viales;
    • cuando la circulación de los carriles está detenida por congestión;
    • a 30 km/h como máximo y en columna de a uno, extremando la precaución.

    El motorista no puede poner en riesgo a quienes están obligados a ir por el arcén (ciclistas, ciclomotores…) y tiene que dejarlo si hace falta. No vale para ciclomotores.

    Norma: RD 518/2026

    La moto lleva chaleco

    Ahora. La moto lleva un chaleco reflectante de alta visibilidad en su dotación, y el motorista se lo pone si se baja y ocupa la calzada o el arcén de una vía interurbana.

    Antes. El chaleco reflectante estaba en la dotación de turismos, autobuses, camiones, mixtos y conjuntos, no en la de la moto, y la obligación de ponérselo al bajar no incluía a los motoristas.

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    • Dotación: las motocicletas llevan un chaleco reflectante de alta visibilidad (anexo XII.3 del Reglamento General de Vehículos).
    • Uso: el conductor de una motocicleta se lo pone cuando sale de ella y ocupa la calzada o el arcén de una vía interurbana (art. 118.4 del RGC), como el de un turismo.

    El ciclomotor no tiene esa dotación; quien conduce por trabajo, sea en moto o en ciclomotor, lo lleva siempre (ver «Chaleco siempre si conduces por trabajo»).

    Norma: RD 518/2026

    Intercomunicador en el casco, permitido

    Ahora. Siguen prohibidos los auriculares, pero el motorista puede usar un dispositivo inalámbrico, certificado u homologado, integrado en el casco, solo para intercomunicación o navegación.

    Antes. Prohibido conducir con cascos o auriculares conectados a aparatos de sonido. El teléfono, solo si se hablaba sin manos y sin cascos ni auriculares.

    Ver detalle

    El art. 18.2 del RGC prohíbe conducir con casco de audio, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención. Como excepción, los conductores de motocicletas y ciclomotores pueden usar un dispositivo:

    • inalámbrico y certificado u homologado;
    • integrado en el casco;
    • solo para intercomunicación o navegación, y siempre que no afecte a la seguridad.

    Auriculares para escuchar música, o el móvil en la mano, siguen prohibidos.

    Norma: RD 518/2026

    Guantes en interurbanas y calzado cerrado

    Ahora. Conductor y pasajero llevan guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier vía.

    Antes. Solo era obligatorio el casco. Ni guantes ni calzado.

    Ver detalle

    Para motocicletas, ciclomotores, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos y quads (art. 118.1.b y c del RGC):

    • Guantes de protección en vías interurbanas. Hasta que una orden fije sus especificaciones, valen los que se usan ahora.
    • Calzado cerrado que cubra todo el pie, en todo tipo de vías: ni chanclas ni sandalias.

    Si el vehículo tiene estructura de autoprotección y cinturones y así consta en su tarjeta ITV o en el certificado de características del ciclomotor, sus ocupantes no llevan casco, guantes ni ese calzado, y van con el cinturón abrochado.

    Norma: RD 518/2026

    Chaleco siempre si conduces por trabajo

    Ahora. Quien conduce por su trabajo una moto, un ciclomotor, una bicicleta o un VMP lleva puesto un chaleco reflectante de alta visibilidad en todo tipo de vías.

    Antes. No se exigía chaleco a quien circulaba por trabajo en moto, ciclomotor, bicicleta o patinete.

    Ver detalle

    El art. 118.4 del RGC obliga a los conductores que desarrollan su actividad profesional circulando en motocicletas, ciclomotores, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, quads, bicicletas y demás ciclos o vehículos de movilidad personal a llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad que cumpla los requisitos de los equipos de protección individual, en vías urbanas e interurbanas: por ejemplo, un repartidor o un mensajero.

    Norma: RD 518/2026

  2. Señales de motos: también los triciclos asimilados

    Ahora. R-103, R-104, R-404 y R-405 incluyen también los vehículos de tres ruedas asimilados a motocicletas.

    Antes. R-103 y R-404 exceptuaban a las «motocicletas sin sidecar», y R-104 y R-405 se referían solo a las motocicletas.

    Ver detalle
    • R-103 (entrada prohibida a vehículos de motor, excepto motocicletas de dos ruedas): no prohíbe la entrada a motos de dos ruedas ni a vehículos de tres ruedas asimilados.
    • R-104 (entrada prohibida a motocicletas): prohíbe la entrada a motos y a vehículos de tres ruedas asimilados.
    • R-404 (calzada obligatoria para automóviles, excepto motocicletas de dos ruedas): los asimilados también quedan fuera de la obligación.
    • R-405 (calzada obligatoria para motocicletas de dos ruedas): obliga también a los asimilados.

    Norma: RD 465/2025

Otras novedades

Cambian para ti, pero no entran en el examen.

  1. Curso para pasar del A2 al A

    Ahora. Siguen siendo al menos 9 h, pero en dos días o más, con 2 h de circuito y 4 en vías abiertas.

    Antes. Con la Orden INT/2323/2011: 9 h, con 4 h de circuito y 2 en vías abiertas, y moto de prácticas de más de 175 kg.

    Ver detalle
    • Al menos 9 horas, repartidas en dos días o más.
    • 2 h de circuito y 4 h en vías abiertas, 2 de ellas en carretera convencional.
    • Teoría presencial o por aula virtual.
    • La moto de prácticas pasa de «más de 175 kg» a 595 cm³ y 50 kW.

    Norma: Orden INT/210/2025

Próximamente

Ya están aprobados, pero aún no se aplican.

  1. SOON

    VMP sin certificar: dejan de poder circular

    Ahora. A partir del 22-1-2027, esos VMP sin certificar dejan de poder circular.

    Antes. Los VMP sin certificar vendidos antes del 22-1-2024 se inscriben solo con marca, modelo y número de serie.

    Ver detalle

    Hasta el 22-1-2027, un VMP vendido antes del 22-1-2024 sin certificado se puede inscribir solo con marca, modelo y número de serie. Desde esa fecha, ya no puede circular.

    Norma: RD 52/2026, disposición transitoria 1.ª

  2. SOON

    VMP: alumbrado encendido también de día

    Ahora. Desde el 1-10-2027, el VMP circula con el alumbrado encendido también de día.

    Antes. Hasta el 1-10-2027, el alumbrado del VMP no es obligatorio de día.

    Ver detalle

    El artículo 155.5 del anexo del Reglamento obliga a llevar el alumbrado del VMP encendido de día y de noche desde el 1-10-2027.

    Norma: RD 518/2026, disposición transitoria 3.ª

Sigue preparando el permiso A2 y A1