1. Normativa sobre los Conjuntos de Vehículos
Para conducir un conjunto de vehículos es fundamental entender primero las clasificaciones por peso y qué permiso habilita su conducción, así como los límites de velocidad específicos que se les aplican.
Clasificación y Permisos Necesarios
La clave está en la Masa Máxima Autorizada (MMA) del remolque y del conjunto total.
Tipos de Remolque
- Remolque Ligero: Aquel cuya MMA es igual o inferior a 750 kg. No necesita matrícula propia (usa la del coche) ni seguro independiente.
- Remolque No Ligero (Pesado): Aquel cuya MMA supera los 750 kg. Requiere matrícula propia (roja), seguro independiente y pasar ITV propia.
¿Qué permiso necesito?
| Permiso | Condiciones del Conjunto |
|---|---|
| Permiso B | Conjuntos hasta 3.500 kg de MMA total. (Excepción: Hasta 4.250 kg si el remolque es ligero). |
| Autorización B-96 | Cuando el conjunto supera los 3.500 kg pero no excede los 4.250 kg (con remolque no ligero). |
| Permiso B+E | Para conjuntos de hasta 7.000 kg. (Vehículo tractor hasta 3.500 kg + Remolque hasta 3.500 kg). |
Velocidades Máximas
Recuerda que al enganchar un remolque, las velocidades máximas genéricas se reducen.
| Tipo de Vía | Remolque Ligero (≤ 750 kg) | Remolque No Ligero (> 750 kg) |
|---|---|---|
| Autopistas y Autovías | 90 km/h | 80 km/h |
| Carreteras Convencionales | 80 km/h | 80 km/h |
| Vías Urbanas | 50 km/h | 50 km/h |
